LOGIN

Poderes

  • GENERAL: D.N.I. del poderdante, datos del apoderado nombre, profesión estado civil, domicilio y D.N.I. si se conoce con certeza
  • PARA PLEITOS: Datos del poderdante, si es sociedad escritura de poder o nombramiento, nombre de letrados y procuradores y Colegio al que pertenecen
  • DE SOCIEDAD MERCANTIL: poderes del representante, los datos del apoderado y facultades a conferir.

Testamentos

  • D.N.I. testador
  • Filiación completa que incluye fecha y lugar de nacimiento, nombres de los padres y si viven, estado civil, y en su caso, nombre y apellidos del cónyuge, y nombres de los hijos

Instrucciones previas (Testamento vital)

  • D.N.I. testador

Datos de interés

La eficacia de estas instrucciones previas depende de que una vez otorgada se registre en los organismos competentes. En Madrid en la Consejeria de Sanidad, calle Sagasta, 6.

Acta de Declaración de Herederos

(sin testamento)

  • D.N.I. del que promueve el acta que tiene que ser descendiente, ascendiente o cónyuge del difunto (basta con que sea una sola persona para el acta, aunque para la herencia tendrán que firmar todos los declarados herederos); en otro caso la declaración de herederos ha de ser judicial.
  • Certificado de defunción
  • Certificado últimas voluntades
  • Certificado literal de matrimonio del difunto si estaba casado
  • Certificados literales de nacimiento de los hijos
  • Libro de familia
  • D.N.I. o certificado de empadronamiento del difunto para comprobar último domicilio
  • 2 testigos que conocieran al difunto

 

Datos de interés
Notario hábil para actuar: el del lugar en que hubiera tenido el causante su último domicilio en España.
Incoado el acta, hay que esperar 20 días, transcurridos los cuales se puede hacer la aceptación de la herencia.

Sucesión testamentaria

(aceptación de herederos)

  • Certificado de defunción, de últimas voluntades y certificado seguro de cobertura de fallecimiento.
  • Copia autorizada del testamento
  • Datos de los herederos
  • Títulos que acrediten la propiedad de los bienes:
  • I.B.I. en caso de inmuebles
  • Certificados y extractos bancarios en valores mobiliarios, cuentas corrientes, etc.

 

Datos de interés
Tanto el certificado de Últimas Voluntades como el de Seguro de Cobertura de Fallecimiento puede solicitarse en la Notaría con carácter previo al otorgamiento de la escritura, lo que se verifica de forma telemática.
Notario hábil para actuar: cualquiera
Plazo para la liquidación del Impuesto de Sucesiones 6 meses desde fallecimiento.

Capitulaciones matrimoniales

  • Si es de solteros que van a contraer matrimonio: D.N.I. de los dos contrayentes lugar y fecha en que pretenden contraer matrimonio.
  • Si es de casados que además van a hacer liquidación de la sociedad de gananciales: DNI de ambos, libro de familia, títulos de los bienes que vayan a liquidar, esquema de valores y repartos

Compraventa bienes inmuebles

  • Original del título de propiedad de los vendedores
  • D.N.I. de compradores y vendedores. Si fueran sociedades, copia autorizada de los poderes correspondientes o del nombramiento del cargo del representante
  • Certificado de que se encuentra al corriente en el pago de los gastos de comunidad.
  • Certificado de eficiencia energética.
  • Último recibo del I.B.I. y certificación catastral descriptiva y gráfica (ésta última la puede obtener el Notario)
  • Deberá aportarse la Referencia Catastral del inmueble
  • Los extranjeros no residentes, necesitan N.I.E., para que la compra venta se pueda inscribir en el Registro de la Propiedad

 

Datos de interés

  1. Gastos según ley están previstos en el artículo 1.455 del Código Civil: son de cuenta del vendedor los gastos del otorgamiento de la escritura  (matriz) y los de la primera copia y los demás posteriores a la venta son de cuenta del comprador.
  2. En toda escritura de compra venta, o gravamen de Inmuebles, deberá indicarse si el precio se recibió con anterioridad o en el momento de la escritura, así como el medio o medios de pago empleados y el importe de cada uno de ellos. Respecto del momento de pago, el notario hará constar, si se produjo con anterioridad, la fecha o fechas en que se realizó y el medio de pago empleado en cada una de ellas.
Si el otorgante se negara a identificar en todo o en parte el medio de pago empleado, el notario le advertirá, haciéndolo constar en la escritura pública, que suministrará a la Agencia Tributaria, la información.
Mientras no se acrediten los medios de pago, no se inscribirá en el Registro de la Propiedad.
  3. El notario deberá testimoniar en la escritura pública los cheques o documentos justificativos de los medios de pago empleados, que se le exhiban por los otorgantes.
El pago de la plusvalía, lo deberán hacer dentro de los 30 dÍas hábiles siguientes, con la copia simple entregada por la notaría y fotocopia del D.N.I., N.I.F. o N.I.E. del obligado al pago. Si se ha pactado con cargo al adquirente, debe incluirse también fotocopia del D.N.I. del vendedor y fotocopia del último I.B.I.

Compraventa de participaciones o acciones de sociedades mercantiles

  • Título de propiedad del vendedor
  • D.N.I. de compradores y vendedores y en su caso poderes de la sociedad o cargo del representante
  • Estatutos de la sociedad emisora de las acciones o participaciones

Constitución sociedades

  • DNI socios constituyentes, en el caso de sociedades, poderes de su representante
  • Certificación de denominación vigente (2 meses desde la fecha de emisión)
  • Certificación bancaria de ingreso del capital social desembolsado vigente (2 meses desde la fecha de emisión) /de no se aportación dineraria, títulos de propiedad y valoraciones de las aportaciones.
  • Estatutos sociales

 

Datos de interés

  1. Capital mínimo en Sociedad Limitada Nueva Empresa. 3.012 €, Máximo 120.202 €
  2. Para iniciar los trámites de constitución de una Sociedad Limitada Nueva Empresa. deberá dirigirse al CIRCE
  3. Capital mínimo en una S.R.L., 3.000 €
  4. Capital mínimo en una S.A., 60.000 €
  5. El C.I.F 

        A)     Lo pueden solicitar de forma provisional o bien, una vez constituida la sociedad, con la copia simple

                de la escritura de constitución, en la correspondiente delegación de hacienda .

        B)     También se puede solicitar en la notaria de forma telemática en ambos casos.

Donaciones Comunidad Madrid

Datos de interés

  1. Bonificación del 99% del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, siempre que se realicen de padres a descendientes, o a ascendientes y entre cónyuges o parejas de hecho.
  2. Inmuebles radicados en la Comunidad de Madrid
  3. En metálico, se deberá justificar la procedencia.
  4. En Valores mobiliarios o metálico los titulares deberán tener residencia habitual en la Comunidad de Madrid con al menos 5 años de antigüedad.
  5. En todos los casos deberán pagar el Impuesto de Plus Valía o ganancia patrimonial del donante, de acuerdo con la normativa del I.R.P.F.

Jura de Nacionalidad

 

Pasos a seguir

El primer paso que deberá ejercer el solicitante que desee jurar o prometer ante los notarios será acceder a la página www.mjusticia.gob.es o a http://nacionalidad.notariado.org, donde encontrará los formularios que deberá rellenar y el mapa de notarías o colegios en los que podrá pedir cita.

Tras ello, introducirá el Código Seguro de Verificación (CSV), que figura en la parte inferior de su expediente impreso, así como su N.I.E. y su número de expediente para que se pueda identificar su expediente en formato electrónico. Después rellenará los formularios con sus datos personales y la propia nacionalización para después escoger el lugar donde quiere realizar el acto y remitir sus datos de forma telemática al colegio notarial o a la notaría escogida.

Además, deberá de ponerse en contacto, por correo electrónico o por teléfono, con el colegio o la notaría escogido para solicitar cita a partir del día siguiente hábil de haber remitido sus datos. Por último, acudirá al lugar indicado el día asignado, llevando el N.I.E y la documentación en regla.

 

 




(c) 2024. Este site está creado con Barracus Framework, un producto de elequipoe.com(c) 2024. NCMS, Eleva Tu Punto De Vista  | Aviso Legal/Política de privacidad  | Política de cookies